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EFE
Almería
Jueves, 23 de julio 2020, 17:19
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado que sea la Audiencia de Almería la competente para enjuiciar al alcalde de El Ejido, Francisco Góngora (PP), y a otros cuatro procesados más, por delitos contra la Hacienda Pública, falsedad documental y blanqueo de capitales.
Así consta en una sentencia de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal Andaluz, que ha estimado un recurso de casación interpuesto por el Partido de Almería (PAL), ordenando la remisión de la causa a la Sección Tercera para que un tribunal distinto al que dictó la una resolución previa, que ahora resulta anulada, proceda al enjuiciamiento de los hechos investigados.
Según ha informado el TSJA, ha sido anulado el auto de 5 de noviembre de 2018 que desestimó el recurso de súplica del PAL y confirmó en todos sus extremos otro auto anterior de la citada Audiencia, de fecha 10 de septiembre de 2018, que declinó la competencia para el enjuiciamiento de los hechos investigados a favor de un Juzgado de lo Penal.
La Sala recuerda que corresponde al juez de instrucción fijar el órgano judicial competente para el enjuiciamiento de la causa, por lo que considera improcedente que la Audiencia Provincial rechazara la competencia y, de oficio, remitiera las actuaciones al Juzgado de lo Penal para su enjuiciamiento.
De acuerdo con su jurisprudencia, afirma que la competencia objetiva para el enjuiciamiento de unos hechos que revisten indicios racionales de criminalidad viene determinada por la más grave de las acusaciones formuladas y, en consecuencia, de las pretensiones que han de ser resueltas.
Y añade que «la competencia ante la Audiencia Provincial, cuando así se acuerde, ha de ser mantenida por más que se modifique la situación jurídico procesal con posterioridad a la apertura del juicio oral (perpetuatio jurisdictionis)».
Los hechos investigados proceden de la época de Góngora como concejal de Urbanismo a las órdenes del alcalde Juan Enciso, uno de los principales imputados en la Operación Poniente, cuando una sociedad de la que él formaba parte «compró terrenos rústicos a muy bajo precio en el año 2000«, según informó el PSOE en su día.
«Dos años después, en 2002, se aprobó un PGOU que permitió la recalificación de esos terrenos para que pasaran a ser urbanizables«.
En 2004, esa sociedad «vendió esos terrenos, de manera privada, por un precio muy superior al de compra, hasta el punto de que obtuvo un beneficio de más de 1.200.000 euros. Pero esa compraventa no se escrituró hasta tres años después«.
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