El TSJA anula casi 4 años de cárcel a dos hermanos acusados de traficar en un 'narcobloque' en El Ejido
Durante el juicio, se determinó que ambos carecían de acceso propio a la vivienda donde se efectuaban las actividades ilícitas
Europa Press
Almería
Martes, 8 de julio 2025, 17:23
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado una pena de tres años y nueve meses de prisión para dos hermanos que fueron acusados de sostener un cultivo de marihuana en un 'narcobloque' de El Ejido, sentido en el que les absuelve de un delito contra la salud pública y otro de defraudación de fluido eléctrico por el que les había impuesto una multa.
En su sentencia, la Sala de Apelación estima el recurso de la defensa de ambos acusados, ejercida por la letrada Mónica Moya, y revoca parcialmente el fallo de la Audiencia Provincial de Almería al considerar que no existía prueba suficiente para condenarlos por tráfico de drogas ni por otros delitos ligados a la producción de marihuana.
El tribunal señala en sus fundamentos la falta de prueba para determinar que los hermanos tomaran parte en la instalación eléctrica vinculada al cultivo de marihuana ni que participaran en su mantenimiento o en la venta de estupefacientes que se hacía en otros piso del bloque más allá de que acudieran a la vivienda donde se albergaba la droga y que también hacía la función de «fumadero».
En este sentido, durante el juicio se determinó que ambos hermanos carecían de acceso propio a la vivienda donde se efectuaban las actividades ilícitas, conforme a las investigaciones que se efectuaron desde septiembre de 2022, ya quien controlaba el acceso era otro de los acusados.
En este caso, el condenado a cuatro años y medio de cárcel por un delito de tráfico de drogas y a ocho meses de multa a razón de ocho euros diarios por otro de defraudación de fluido eléctrico, era quien permanecía habitualmente en el piso «recibiendo en reiteradas ocasiones a consumidores a los cuales transmitía heroína y cocaína».
Con ello, el tribunal acoge la tesis de la defensa, desde donde se expuso que el hecho de que los hermanos «en ocasiones abrieran la puerta a los adictos que allí acudían» cuando estaban en el lugar, puesto que eran consumidores de estupefacientes, no es bastante para atribuirles la condición de partícipes en el tráfico de drogas. Esta duda razonable lleva a resolver el caso en su favor y absolverlos.
La sentencia apunta que fue sobre las 7,00 horas del día 6 de octubre de 2022 cuando se procedió a un registro judicial del bloque de viviendas en el que se encontraron repartidas en tres pisos 372 plantas de marihuana, unos 800 gramos de marihuana, así como más de un centenar de papelinas de cocaína y heroína.
Así, apunta la participación de otro implicado al que también se halló en posesión de un juego de llaves de uno de los bloques donde se cultivaba la marihuana y a que, además, se localizó un arma de fuego oculta en un aparato de aire acondicionado. Así, fue condenado a tres años y dos meses de prisión, así como a penas de multa, por tráfico de drogas, defraudación de fluido y tenencia ilícita de armas.
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