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El SAS indemnizará con 75.000 euros al padre de una mujer muerta durante el parto

El SAS indemnizará con 75.000 euros al padre de una mujer muerta durante el parto

El Consejo Consultivo de Andalucía dictamina desfavorablemente la propuesta de acuerdo desestimatorio del SAS, apuntando que «no se debería haber dilatado tanto» la extracción del feto

EFE

ALMERÍA

Jueves, 10 de enero 2019, 09:50

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El Servicio Andaluz de Salud (SAS) deberá indemnizar con 75.000 euros al padre de una mujer fallecida cuando iba a dar a luz en el Hospital de Poniente de El Ejido debido a que se tardó demasiado en realizarle una cesárea después de detectar que el feto había muerto en el vientre.

En un dictamen, el Consejo Consultivo de Andalucía dictamina desfavorablemente la propuesta de acuerdo desestimatorio del SAS, apuntando que «no se debería haber dilatado tanto» la extracción del feto pues «prolongación del expulsivo sin cesárea pudo contribuir al fatal desenlace».

El progenitor de la finada expuso que la asistencia al parto llevó al fallecimiento del feto y de la madre, pues tratándose de un embarazo de riesgo «debió adoptarse otra actitud más resolutiva y menos conservadora».

Sin embargo, el Consejo Consultivo señala que no está acreditado que el fallecimiento de feto pueda atribuirse en una relación causa-efecto al proceder médico, pues la medición de diámetro de bolsa máximo «estaba dentro de la normalidad, sin que por tanto se revelase sufrimiento fetal y estuviera indicada otro proceder que el conservador».

Argumento que hace suyo a raíz del informe forense y de una sentencia de los juzgados de El Ejido, que se pronunciaban en tal sentido.

En cuanto al fallecimiento de la madre, sin embargo, el informe forense afirma que la «situación podría haber sido indicativa de una mayor vigilancia y habérsele practicado una TNS por la noche o al menos escucharle al feto».

Afirma también que aún cuando pueda entenderse que se ha seguido el protocolo, «en un parto sin apenas evolución del cuello en 12 horas, podría haberse planteado en tratamiento más agresivo y optar por la cesárea y no tenerla tantas horas con inducción».

«Una conducta más resolutiva y menos conservadora, indicando la cesárea antes en un parto que apenas si progresa en 12 horas podría haber hecho variar el resultado final en este procedimiento», decían los forenses.

El Consejo recuerda que el fallo judicial ya apuntaba que la actuación conforme a protocolo de inducir el parto natural, una vez confirmado el fallecimiento del feto, es una opción excesivamente conservadora que debería haberse enfrentado con una actitud más diligente, ya que, a decir del médico forense, la experiencia de un cuello cerrado en una mujer de 46 años es poco probable que responda«.

«Por tanto, de las actuaciones judiciales, única prueba además de la clínica existente en el expediente, resulta que las circunstancias concurrentes deberían haber llevado a otra actitud médica», concluye el Consejo Consultivo, que fija en 75.000 euros la suma indemnizatoria, frente a los 143.363,91 euros que reclamaba el padre de la fallecida.

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