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Martes, 19 de octubre 2021, 12:20
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En el caso en el que se acusaba a Francisco Góngora, la Fiscalía acusaba al regidor de presuntos delitos fiscal y de falsedad en documento público al considerar que había quedado acreditada su participación como socio en una empresa familiar en una «acción especulativa» con respecto a la compraventa de una finca. El fiscal aludió a la figura de cooperador necesario y desgranó una hipótesis según la cual Góngora y varios familiares crearon una empresa en junio de 2000 para adquirir una finca pública en Loma de los Hornillos por poco más de 300.000 euros.
Cuatro años después, el Pleno de la Corporación de la que formaba parte Góngora aprobó el Plan General de Ordenación Urbana en el que dicha finca se calificaba en una parte como suelo urbanizable (manteniendo el resto como no urbanizable). Ese mismo mes, la finca fue vendida a otra mercantil por 1,5 millones de euros.
Ahora bien, el Ministerio Público considera que en la operación hubo un presunto delito fiscal al alterar la base imponible del impuesto de sociedad. El fiscal demandaba cuatro años de cárcel y una multa de 1,2 millones de euros. Góngora en todo momento se mantuvo como inocente de los hechos de los que se le acusaba. La sentencia, dijo el regidor, es absolutoria en el terreno penal.
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